San José, Costa Rica, 4 de septiembre del 2020.- La Corte Interamericana celebró el 136 Período Ordinario de Sesiones que se realizó desde el 24 de agosto al 3 de septiembre de 2020.
En atención a la situación de pandemia que se está viviendo por el COVID-19, durante este Período la Corte sesionó en forma virtual, a fin de deliberar sentencias, dictar resoluciones de supervisión de cumplimiento de sentencia, conocer diversas cuestiones relacionadas con medidas provisionales y tratar diferentes asuntos administrativos. Sentencias
La Corte deliberó los siguientes casos contenciosos: Caso Urrutia Labreaux Vs. Chile1
El caso se relaciona con las alegadas violaciones de derechos humanos en el marco del proceso disciplinario que habría culminado con una sanción de censura, después reducida a amonestación privada, en contra del Juez Daniel Urrutia Laubreaux presuntamente por remitir un trabajo académico a la Corte Suprema de Justicia, criticando sus actuaciones durante el régimen militar chileno. Se alegó que el Estado presuntamente habría violado los derechos a conocer previa y detalladamente la acusación formulada y de tener el tiempo y los medios adecuados para la defensa porque, según manifestó, la presunta víctima no fue notificada de que se le había iniciado un proceso disciplinario, las razones del mismo o las causales que pudo haber infringido con su conducta.
Puede conocer más sobre el caso aquí. Caso Acosta Martínez y Otros Vs. Argentina 2
El caso se relaciona con la alegada responsabilidad internacional del Estado de Argentina por la presunta detención y posterior muerte del señor Jose Delfín Acosta, ocurridas el 5 de abril de 1996. El señor Acosta era afrodescendiente y de nacionalidad uruguaya. Se alega su detención fue ilegal, arbitraria y discriminatoria. Asimismo, se argumenta que toda vez que la muerte y lesiones del señor Acosta ocurrieron bajo custodia del Estado, debe presumirse su responsabilidad internacional. De igual manera, se arguye que las autoridades estatales no le prestaron el auxilio inmediato a la presunta víctima que hubiera requerido al momento de la detención, ni actuaron de manera de salvaguardar su integridad física y su vida, a pesar de su posición especial de garante de las personas detenidas. Por todo ello, se alude que el Estado violó los derechos a la vida, a la integridad personal, a la libertad personal e igualdad y no discriminación, en perjuicio de José Delfín Acosta.
Puede conocer más sobre el caso aquí.Caso Fernández Prieto y Otro Vs. Argentina 3
El presente caso se relaciona con las presuntas detenciones ilegales y arbitrarias en perjuicio de los señores Carlos Alberto Fernández Prieto y Carlos Alejandro Tumbeiro en mayo de 1992 y enero de 1998, respectivamente, por parte de agentes de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y la Policía Federal Argentina. Se alega que ambas detenciones se habrían realizado sin una orden judicial y sin estado de flagrancia, así como que en ninguno de estos casos se estableció de manera detallada, en la documentación policial respectiva, cuáles fueron los elementos objetivos que dieron lugar a un grado de sospecha razonable en la comisión de un delito.
Se argumenta que en el caso del señor Fernández Prieto existía una falta de explicación absoluta, mientras que en el caso del señor Tumbeiro la explicación estaba relacionada con un supuesto “estado de nerviosismo” e “inconsistencia” entre la vestimenta y los objetos que llevaba consigo con la zona en la cual se encontraba, argumentos que no serían suficientes para justificar la sospecha de la comisión de un delito.
Puede conocer más sobre el caso aquí.Solicitud de Opinión Consultiva sobre el alcance de las obligaciones de los Estados en materia de garantías a la libertad sindical, su relación con otros derechos y aplicación desde una perspectiva de género, presentada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
La Corte IDH escuchó las observaciones de la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM).
Puede conocer más sobre la Solicitud de Opinión Consultiva aquí. Diligencias de casos en trámite
Se desarrollaron diligencias para escuchar testimonios de presuntas víctimas en los siguientes casos en trámite:
- Olivares Muñoz y otros Vs. Venezuela (1 declaración)
- Mota Abarullo y otros Vs. Venezuela (2 declaraciones)
Resoluciones dictadas sobre supervisión de cumplimiento de sentencia o solicitudes de medidas provisionales
La Corte dictó resoluciones sobre supervisión de cumplimiento de sentencia y solicitudes de medidas provisionales en los siguientes casos:
- Caso Villamizar Durán y otros Vs. Colombia.4
- Caso Tenorio Roca y otros Vs. Perú.
- Caso Luna López Vs. Honduras.
- Caso Ruiz Fuentes y otra Vs. Guatemala.5
- Casos Comunidades Garífunas de Triunfo de La Cruz y Punta Piedra Vs. Honduras.
- Caso de la Masacre De Pueblo Bello, Caso De Las Masacres De Ituango y Caso Valle Jaramillo y Otros Vs. Colombia.6
- Caso Molina Theissen Vs. Guatemala.
- Caso Galindo Cárdenas y otros Vs. Perú.
Supervisión de Cumplimiento de Sentencias, Medidas Provisionales, así como de cuestiones administrativas
Asimismo, la Corte supervisó el cumplimiento de diversas sentencias e implementación de medidas provisionales que se encuentran bajo su conocimiento, así como tramitación de casos, opiniones consultivas y asuntos de carácter administrativo.
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1El Juez Eduardo Vio Grossi no participó del conocimiento ni deliberación de ninguno de los casos en contra de Chile, conforme lo dispuesto en el artículo 19.1 del Reglamento de la Corte.
2 El Juez Eugenio Raúl Zaffaroni no participó del conocimiento ni deliberación de ninguno de los casos en contra de Argentina, conforme lo dispuesto en el artículo 19.1 del Reglamento de la Corte.
3 El Juez Eugenio Raúl Zaffaroni no participó del conocimiento ni deliberación de ninguno de los casos en contra de Argentina, conforme lo dispuesto en el artículo 19.1 del Reglamento de la Corte.
4 El Juez Umberto Sierra no participó del conocimiento ni deliberación de ninguno de las resoluciones respecto de Colombia, conforme lo dispuesto en el artículo 19.1 del Reglamento de la Corte.
5El Juez Eugenio Raul Zaffaroni no participó del conocimiento ni deliberación de esta resolución.
6 El Juez Umberto Sierra no participó del conocimiento ni deliberación de ninguno de las resoluciones respecto de Colombia, conforme lo dispuesto en el artículo 19.1 del Reglamento de la Corte.
